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04 julio 2008

Congreso aprueba ley que prohibirá pagar un salario inferior al ingreso mínimo 04 de julio 2008

El Congreso Nacional culminó la tramitación del proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de salarios base, determinando que no podrán ser inferiores a un ingreso mínimo mensual.

La futura ley define al sueldo base como el estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo.

Agrega que si se pactan jornadas parciales de trabajo, el sueldo no podrá ser inferior al mínimo vigente, calculado en proporción a la jornada ordinaria de trabajo.

Los empleadores
que, a la fecha de la entrada en vigencia de esta ley, no hubieran pactado los sueldos o que éstos fueran inferiores al salario mínimo mensual, tendrán un plazo de seis meses para ajustar los contratos y las remuneraciones.

Siga la tramitación de este proyecto.

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