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21 enero 2008

Ingreso Mínimo

BIBLIOTECA CONGRESO
Nuevo paso de proyecto que equipara el sueldo base con el ingreso mínimo mensual
21 de enero 2008

Un proyecto de ley del Gobierno que establece que el sueldo base de todo trabajador no podrá ser inferior al ingreso mínimo legal, cumplió su primer avance al ser aprobado por la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados.

El texto, que deberá ser votado por el plenario en marzo, busca impedir que se pacten sueldos base por bajo el ingreso mínimo legal, como ocurre en la actualidad en algunas área de la economía.

El proyecto modifica el artículo 42 del Código del Trabajo para señalar que el sueldo o sueldo base será el estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo, el que "no podrá ser inferior a un ingreso mínimo mensual".

La norma propuesta deja fuera de su aplicación aquellos contratos que establezcan una particular forma de jornada y que, por mandato legal, se encuentran exentos de la obligación de cumplimiento de jornada ordinaria.

El texto otorga un plazo de 60 días para ajustar los contratos y remuneraciones de aquellos empleadores que, a la fecha de vigencia de la futura ley, no hubiesen pactado sueldos en los respectivos contratos de trabajo, o éstos sean inferiores a un ingreso mínimo mensual.

Siga la tramitación de esta ley.

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